Por Armando Alfonzo Jiménez. Publicado En El Heraldo de México.
El neoconstitucionalismo o el nuevo constitucionalismo es una corriente doctrinaria
El neoconstitucionalismo o el nuevo constitucionalismo es una corriente doctrinaria y práctica que surgió después de la Segunda Guerra Mundial en torno de un nuevo modelo de organización política: el Estado constitucional de derecho.
La principal lección histórica que se derivó de las atrocidades realizadas por Adolfo Hitler y sus cómplices fue la siguiente: las mayorías también se equivocan.https://5842498ac4261f814c4cbff3e881fbc9.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-40/html/container.html?n=0
El poder, por más democrático que sea, también puede cometer errores. En el caso de esta etapa histórica, la mayoría nazi llegó al extremo de legalizar el exterminio de los judíos. Una decisión irracional se elevó a categoría de ley.
Desde ese preciso momento quedó claro que resulta necesario que todo poder, cualquiera que éste sea, público o privado, debe estar limitado y controlado.https://d-30584451644246234655.ampproject.net/2405231944000/frame.html
¿Cuál sería entonces la medida más emblemática que se estableció en las leyes fundamentales de los países que fueron vencidos en la Segunda Guerra Mundial para asegurar que no se vuelva a repetir el terrible episodio del holocausto?
Justo la columna vertebral de los ordenamientos jurídicos de la posguerra son los derechos fundamentales y sus garantías (medios para hacerlos eficaces).https://d-30584451644246234655.ampproject.net/2405231944000/frame.html
Dentro de las características principales del nuevo constitucionalismo destaca la relativa al reconocimiento al pluralismo. En una sociedad deben ser bienvenidas todas las expresiones sociales, étnicas, culturales e ideológicas. Las normas básicas deben abrirles los brazos a todas esas manifestaciones.
En un inicio, así se prevería en la Constitución de la República Italiana de 1947 y en la Ley Fundamental de Bonn (Alemania) de 1949.
Al propio tiempo, la comunidad mundial empezaría a impulsar la universalización de los derechos humanos. Comenzaría a configurarse el sistema internacional de promoción y defensa de la dignidad humana.
Posteriormente, el paradigma neoconstitucional se extendió a países que en alternancia optarían por la democracia: Portugal en 1976 y España en 1978.
En el caso de México, pasaron casi 70 años después del inicio del nuevo constitucionalismo para que en nuestra Carta Magna se incluyera este tópico. Poco más de 12 años han pasado desde que se adoptaron los derechos fundamentales y sus garantías en el léxico en nuestra Ley de leyes.
Breve tiempo ha transcurrido para comprender cabalmente los alcances de esta nueva forma de concebir la relación entre los gobernantes y los habitantes de nuestra República.
Todas las autoridades sin excepción –dice el artículo primero, tercer párrafo de la Constitución mexicana- tienen el deber, en el ámbito de sus competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Es mucho lo que se debe y puede hacer para mejorar al poder público. Es una gran área de oportunidad para ser creativos e intentar una nueva forma de poner el gobierno al servicio de la gente.
Es tiempo ya de que el mirador de nuestra Patria sea la dignidad humana.
POR ARMANDO ALFONZO JIMÉNEZ
CONSTITUCIONALISTA
@ARMANDOALFONZO