Por María Luisa Jiménez Paoletti. Publicado en ContraRéplica.
Vale la pena recordar que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) es un órgano colegiado, es decir, está compuesto por una pluralidad de personas que, para adoptar acuerdos válidos, debe sesionar con un mínimo de integrantes.
Al respecto, la Constitución Política establece que el INAI estará conformado por 7 comisionados, sin embargo, actualmente faltan 3 debido a que concluyó el periodo por el que fueron nombrados los Comisionados Joel Salas y Rosendoevgueni Monterrey, en marzo del 2022 y posteriormente, el comisionado Francisco Acuña en marzo de 2023.
Al respecto, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece que las sesiones del Pleno serán validadas con la asistencia de cuando menos 5 integrantes, incluido el comisionado Presidente.
Entonces, resulta claro el problema, de los 7 comisionados, 2 se fueron en el 2022, y el Senado no nombró a quienes los reemplazarían, un año después terminó el encargo de otro comisionado, que tampoco ha tenido reemplazo, ello dejó al Pleno del INAI con solo 4 comisionados, lo que no le da el cuórum suficiente para sesionar, dicho de otra manera, no puede resolver los recursos de revisión producto de las quejas que presentan los ciudadanos al no recibir la información pública solicitada o al recibir alguna vulneración a la protección de sus datos personales.
Derivado de ello, el INAI inicialmente promovió una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con la finalidad de que suspendiera lo establecido en el artículo 33 de la Ley de Transparencia y los dejara sesionar solo con 4 comisionados, bebido a que el Senado de la República no ha logrado nombrar a los Comisionados faltantes, sin embargo; el máximo tribunal negó lo peticionado.
Por lo que el órgano garante nuevamente tocó la puerta de la SCJN al presentar un recurso de reclamación, en contra del fallo otorgado, pues hasta la fecha ya se encontraban más de ocho mil recursos de revisión sin resolver, lo que evidentemente vulnera el derecho humano de acceso a la información de miles de ciudadanos.
Esta vez el máximo tribunal determinó como medida cautelar que el INAI sí podrá sesionar con los 4 comisionados restantes y en caso de empate, la Comisionada Presidente Blanca Lilia Ibarra Cadena, tendrá el voto de calidad hasta en tanto la Cámara Alta nombre al resto de los comisionados.
El INAI celebra la decisión de la Corte, pues después a más de 145 días sin poder sesionar, por fin podrá seguir con las labores que le son conferidas de manera constitucional.
Vale la pena señalar que el Instituto de Nacional de Transparencia no dejó de laborar, ya que se encargaron de seguir promoviendo el derecho de acceso a la información, así como la protección de los datos personales, además las ponencias siguieron dando tramite y resolviendo los recursos de revisión que ahora deberán someter a aprobación del Pleno con el fin de que los sujetos obligados cumplan con dichas determinaciones.
Me sumo como ciudadana al llamado respetuoso que se hace al Senado de la República para que lleve a cabo las gestiones necesarias que le permitan nombrar a los comisionados faltantes y con ello, el INAI pueda cumplir con las atribuciones que se le han conferidas en la Constitución en favor de todos los ciudadanos.
María Luisa Jiménez Paoletti, Colaboradora de Integridad Ciudadana, Maestra en Derechos Humanos por el Instituto de Estudios Superiores en Derecho Penal; Licenciada en Derecho por la UNAM y especialista en Datos Personales por la por la Agencia Española de Protección de Datos Twitter: @LuisaPaoletti2 @integridad_AC