Por Manuel Cifuentes Vargas. Publicado en Etcétera.

Los órganos constitucionales autónomos son una inspiración del Congreso Constituyente Permanente, materializando su creación en la Constitución. De hecho y de derecho, se han venido revelando en un paulatino nuevo tejiendo institucional que camina hacia la invención de un cuarto poder, al margen de los poderes primarios o clásicos en los que están y descansan las tres funciones pilares del gobierno; pero estos nuevos institutos con un elevado deseo y ansia democrática, en los que se debe privilegiar, ante todo, la capacidad basada en el conocimientos y experiencia técnica sobre la materia de que se ocupan, a fin de hacerlos funcionales, eficientes y eficaces, para que cumplan debidamente con su mandato constitucional. 

El camino no ha sido fácil para esta nueva generación de instituciones públicas, pues su gestación, nacimiento, instalación y desarrollo ha sido difícil y espinoso, y en ocasiones incluso embarazoso, porque el poder por sí mismo no es muy dado a soltar lo que considera que es suyo porque forma parte de sus espacios, muchos de los cuales provienen desde aquel lejano absolutismo mayestático. por eso, en los últimos tiempos busca recuperar y reconcentrar cada vez más su poder para reforzarlo y vigorizarlo en reminiscencia a su pasado imponente; del que tuvo en ese majestuoso antaño. Esa es su lógica, querer volver a ser absoluto. De ahí que el camino del poder de derecho democrático ha sido lento y sinuoso. 

Y este logro, más que por la voluntad propia del poder, ha sido resultado de la progresividad política democrática de la sociedad por tener cada vez una mejor estructura organizativa para un gobierno más equilibrado, ponderado y funcional. Hoy ya no se quieren tener poderes absolutos, de estaturas distintas ni desequilibrados, sino mejor balanceados por salud pública y para bien de la sociedad y del país. 

No obstante, aún todavía las democracias más avanzadas no están exentas, como lo hemos visto en los últimos tiempos, de las tentaciones del poder en querer convertirse en autoritario, pero que por fortuna por su propia madurez y solidez ha habido un detente; un freno a esas excitaciones políticas que amenazan la estabilidad de las instituciones para lograr su fin.

La democracia no se agota en lo electoral como quizá hubiera quien lo pudiera pensar. La democracia tiene un mucho mayor horizonte y alcance con profundos valores y, por lo mismo, con múltiples aristas en la relación gobierno sociedad. Esto es, entre gobernantes y ciudadanos, la cual tiene dos caras. Una pasiva, que si bien no es del todo deleznable, tampoco es apreciada porque muestra total apatía, de tal suerte que se puede equiparar a un insano dejar hacer dejar pasar, aunque después haya arrepentimientos tardíos y, por otro lado está la activa, que es la más reconocida, respetada, fomentada y elogiada porque contribuye a mejorar y a darle superior sentido a la cosa pública, que es lo que debe importar a todos para tener mejores gobiernos y un mejor país.

Y una de estas aristas de la democracia ha sido la creación de los órganos constitucionales autónomos, que a diferencia de otras instituciones públicas con autonomía que forman la administración pública paraestatal dependiente del Poder Ejecutivo, los primeros son creación del Poder Constituyente Permanente que se han materializado mediante modificaciones a la Constitución General de la República. De esta forma, por decisión de la ilimitada soberanía primaria o de origen del pueblo, es como se viene construyendo con todos ellos, un cuarto poder con funciones específicas en cada uno de estos órganos, que sirve de contrapeso a los poderes tradicionales poniéndoles limites en algunos rubros, al pasar determinadas funciones a estas nuevas organizaciones para hacer posible una democracia más real, efectiva, que rinde cuentas y transparente. 

No está por demás apuntar de una vez, que la que corresponde al Poder Legislativo Ordinario, está acotada estrictamente a lo que lo faculta la Constitución, y no más, por lo que no puede invadir por ningún motivo la esfera del constituyente bajo pena de calificarse de inconstitucional, dando origen a la interposición de los recursos jurídicos respectivos ante el Pode Judicial, como velador de la constitucionalidad de los actos de gobierno de los otros poderes e incluso de los órganos que nos ocupa.

Por eso son órganos constitucionales autónomos de los otros poderes públicos; no legales como muchos otros del andamio administrativo y que, por lo mismo, sí pueden ser modificados y hasta suprimidos por el Poder Legislativo Ordinario que los instituyó. Estas nuevas instituciones tienen vida propia; viven por sí mismos y no dependen política ni jurídicamente de la voluntad de ninguno de los otros poderes. Si bien es cierto que en un país democrático y de derecho se debe trabajar en coordinación, colaboración y armonía, que no significa subordinación, el compromiso mayor de estos institutos es con los ciudadanos. Con más razón, de aquellos que, por el bien del ramo público y del país, fueron fundados para atender las necesidades y demandas ciudadanas; pero también de aquellas que encajan en la órbita de los derechos humanos, evitando que se cometan abusos con la gente. 

Por eso en el piso fértil de la democracia también está sembrado el respeto a los órganos constitucionales autónomos, que acota el poder de los gobernantes y lo desplaza en favor de los gobernados. Estos se fraguaron como límites y contrapesos adicionales al poder, por lo que no solo no deben ser disminuidos en su presencia y menos eliminarlos; sino por el contrario, se debe apostar a hacer más progresiva la formación de este nuevo poder en gestación, con las tareas que la emergencia ciudadana le ha ido arrancando al poder omnímodo. El Poder Ejecutivo en su grado de absolutez ha sido el más diluido; por eso quiere recuperar el poder perdido ante los avances de la democracia, en la que la sociedad juega un mayor papel y le da más confianza a estas nuevas organizaciones.  

Y esto no lo debe permitir la sociedad, ni prestarse para ello el poder rector de la creación y recreación del Estado; en otras palabras, el Poder Revisor de la Constitución. No puede olvidar o extraviar su razón y misión de ser el arquitecto del orden jurídico supremo y, por ende, del modelo de Estado que le encomienda el soberano originario. Son creación constitucional y solo en sus manos están.  

Son órganos públicos intermedios entre gobierno y sociedad, que coadyuvan a mejorar el equilibrio entre los poderes político constitucionales originarios, dándole una nueva dimensión al poder, al servicio público y a la democracia, aunque varios de ellos son más cercanos a la sociedad civil porque están para servir a la gente. En contadas palabras, son propiedad de los ciudadanos, como lo es el INE y el INAI, por lo que no permiten que el gobierno disponga libremente de lo que humana, jurídica, política, social y democráticamente le pertenece a la sociedad. 

Muchas veces se ven solos ante la torrencial avalancha del poderío que todavía tiene el Poder Ejecutivo, defendiéndose en la medida que pueden, y viven con la esperanza de que la clase pensante progresista, las organizaciones de este mismo corte y la sociedad en general, también alcen la voz y actúen para defender los logros de la democracia y del Estado de Derecho. La confianza total de estos entes está depositada en la sociedad. Esa es su expectativa, que la sociedad a la que sirve, con ese espíritu responsable y democrático salga en su apoyo porque a ella pertenecen, ya que no siempre se puede confiar “al cien”, como luego se dice, en los políticos, en los partidos políticos, ni en todos sus legisladores, toda vez que éstos en ocasiones juegan de acuerdo con sus propios intereses. 

Los órganos constitucionales autónomos, como hemos dicho, son un genuino contrapeso al poder. Para eso se crearon, no para servir de comparsa, ser obsequiosos o estar a su servicio. Es un cuarto poder que se ha ido conformando y que ya forma parte del juego de pesos y contrapesos en el nuevo arreglo político constitucional democrático de la división de los poderes públicos.

No forman parte del Ejecutivo, ni de los otros dos poderes. Son independientes y autónomos de éstos porque así lo pensó y quiso el Constituyente, como deben serlo también los otros por mandamiento constitucional. Y al serlo por disposición constitucional, lo son por mandato del pueblo soberano, y no por arreglos y acuerdos entre estos poderes ordinarios, ya que al hacer éste los acomodos a la Constitución, así lo ha ordenado.

El deber primordial de estos órganos es defender la independencia y autonomía de que están dotados. El primer y más importante compromiso es con la Constitución, con su ley y con su propia independencia y autonomía. Es su razón, esencia y misión. Sus integrantes protestaron cumplir y hacerla cumplir. Por lo tanto, todos deben tener el valor, entereza, dignidad y profesionalismo para defenderlos. Es su deber y obligación constitucional, legal, institucional, histórica, política, social, moral y generacional protegerlos en este nuevo esquema   democrático que llegó para quedarse.

Estas instituciones son resultado tanto de la progresividad de la democracia como de la progresividad del derecho. La tendencia es vivir cada vez más en una sociedad que se desenvuelva en un estado de derecho democrático progresivo; no regresivo a los periodos grandiosos del poder ya superados.

Por eso atentar contra ellos para empequeñecer su presencia, funcionamiento y rol que juegan, o de plano desaparecerlos, es atentar contra la progresividad política, social y jurídica, que no tiene otro fin, que el deseo del poder de recuperar los nichos de poder perdidos, lo cual fue para el bien de un mejor país. 

Manuel Cifuentes Vargas

Doctorante en Derecho por la UNAM.