Por Armando Alfonzo Jiménez / Columna invitada / Opinión El Heraldo de México

Un Tribunal Constitucional se encarga precisamente, mediante el análisis de las normas, su debida interpretación y una articulada argumentación, de hacer valer los principios

El texto de una Ley Fundamental no es perfecto y la realidad siempre la pone a prueba.

Un Tribunal Constitucional se encarga precisamente, mediante el análisis de las normas, su debida interpretación y una articulada argumentación, de hacer valer los principios, valores y contenidos básicos de la Carta Magna.

Más allá del debate que ha suscitado en México la elección de las ministras y los ministros vía el voto popular, su trabajo deberá estar basado en aspectos más técnicos que políticos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación sería poco sensata si en lugar del estudio concienzudo de los casos, se dedica a complacer a lo que piensa la mayoría de la gente. De ser así, no ocuparíamos a un cuerpo colegiado de personas con formación jurídica y mejor nos plegaríamos a una consultora dedicada a las encuestas con consecuencias nefastas para nuestro país.

La idea de justicia está devaluada en todo el mundo y un flaco favor harían los nuevos integrantes de la Corte si no asumen su papel con sobriedad, dedicación y esmero.

Durante largo tiempo se ha dicho que la Suprema Corte de Justicia de la Nación habla a través de sus resoluciones, situación que ha sido parcialmente cierta porque el sistema mexicano permite que las ministras y los ministros puedan formular un voto particular y, por si fuera poco, pueden dar opiniones académicas y hasta declaraciones poco reflexionadas a los medios de comunicación.

Por ejemplo, esto en Italia no puede ser porque los magistrados de la Corte Constitucional tienen prohibido dar opiniones y se encuentran impedidos de pronunciarse en público sino hasta que dicten la resolución respectiva de manera unánime. 

Si bien es cierto han cambiado algunas normas para la elección de los miembros de distintos órganos jurisdiccionales, algunas sobre la creación de nuevas instancias, también lo es que no ha habido modificaciones sustanciales, a nivel constitucional, de lo que conoce la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su función como Tribunal constitucional.

Se mantiene las competencias para el conocimiento de las controversias constitucionales y de las acciones de constitucionalidad.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación como máxima autoridad para dirimir los conflictos suscitados por una afectación de competencias de los distintos órganos del poder público, así como la instancia autorizada para determinar si una norma de menor rango es contraria o no a la Constitución.

Esta labor, esencial y trascendente, es lo que va a determinar si habrá o no un buen gobierno judicial.

México no merece espectáculos frívolos o declaraciones de superficialidad. Hoy más que nunca ocupamos de liderazgos que verdaderamente estén comprometidos con el bienestar de la nación. 

En el caso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ocupamos a un auténtico guardián de la Constitución.

POR ARMANDO ALFONZO JIMÉNEZ / CONSTITUCIONALISTA / @ARMANDOALFONZO